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Carla Sarmiento 20 de junio de 2022 0 Comments

La Comunidad Israelí de Lisboa se pronuncia frente al Decreto Ley 26 de marzo 2022.

El pasado 1ro. de junio, luego de meses de ausencia de pronunciamientos o comentarios por parte de la Comunidad Israelí de Lisboa CIL, se publicó en su página web una comunicación mediante la cual esta Entidad fija su posición frente a los nuevos requisitos establecidos por el Decreto Ley 26 del 18 de Marzo de 2022.

Este nuevo Decreto vino a endurecer los requisitos que existían desde la publicación del Decreto-Ley 30-A/2015 respecto al trámite para obtener la nacionalidad portuguesa por origen sefardí.

El artículo 24A del referido decreto establece los nuevos requisitos que se adicionan a los que ya había señalado el Decreto Ley 30A. Estos requisitos son los siguientes:

“d) Certidão ou outro documento comprovativo:

  1. i) Da titularidade, transmitida mortis causa, de direitos reais sobre imóveis sitos em Portugal, de outros direitos pessoais de gozo ou de participações sociais em sociedades comerciais ou cooperativas sediadas em Portugal; ou
  2. ii) De deslocações regulares ao longo da vida do requerente a Portugal; …”

Ante esta nueva normativa que entrará en vigencia el 1ro. de septiembre próximo la CIL cesó temporalmente de expedir los Certificados y nosotros de ofrecer la asesoría para obtener la nacionalidad por vía de un ancestro sefardí.

Sin embargo, en el referido comunicado del 1ro. de junio la CIL confirmó la intención de seguir colaborando en el proceso de obtención de nacionalidad portuguesa cuando el solicitante cuente con un origen sefardí comprobado, por considerar inconstitucionales estos nuevos requisitos. Así expresamente indica que “es entendimiento de la CIL que todas las solicitudes que ingresen a la comunidad hasta el final del 31 de agosto de 2022, tendrán el estado de pendiente y en consecuencia deberán ser evaluadas como tal.

En tal sentido, nuevamente nos permitimos ofrecerles el acompañamiento en este trámite con las debidas advertencias de eventuales riesgos relacionados con estos requisitos y restricciones propias de un trámite que está cubierto con el manto de la discrecionalidad que prima en los procesos relacionados con el otorgamiento de la nacionalidad a un extranjero por parte de un Estado soberano.

 

Descargas  :

Declaracion_Comunidad_Israelita_Lisbos_Reteiuris_Consultores_espanol

Declaracion_Comunidad_Israelita_Lisbos_Reteiuris_Consultores_Portugues